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Retroactivos de ANSES: los jubilados con enfermedades graves cobran primero la sentencia. Cómo pedir la prioridad paso a paso

Por Redacción anses.blog6 min de lectura
Resumen rápido
  • ANSES ratificó que los jubilados con una enfermedad grave, o con un familiar directo en esa situación, pueden saltear la fila para cobrar el retroactivo de su juicio.
  • Los mayores de 80 años tienen prioridad automática.
  • Te explicamos qué papeles llevar, cómo cobrar y qué hacer si no estás de acuerdo con una resolución.
Retroactivos de ANSES: los jubilados con enfermedades graves cobran primero la sentencia. Cómo pedir la prioridad paso a paso

ANSES ratificó que los jubilados con una enfermedad grave, o con un familiar directo en esa situación, pueden saltear la fila para cobrar el retroactivo de su juicio. Los mayores de 80 años tienen prioridad automática. Te explicamos qué papeles llevar, cómo cobrar y qué hacer si no estás de acuerdo con una resolución.

Si hiciste juicio por reajuste de haberes y ganaste, sabés que la sentencia es solo la mitad del camino: después hay que esperar a que ANSES liquide y pague el retroactivo. Esa espera puede ser larga, porque la Ley de Presupuesto fija un orden para cancelar las deudas previsionales. Pero hay una excepción que muchos jubilados no conocen y que el Ministerio de Capital Humano volvió a confirmar esta semana: quien tiene una enfermedad grave o terminal cobra primero. Te contamos cómo funciona y cómo pedirla sin vueltas.

Retroactivos jubilados ANSES: cuál es el orden normal de pago

Según la información oficial de ANSES, el orden de prioridad para pagar las sentencias lo define cada año la Ley de Presupuesto. Primero se cancelan las sentencias notificadas en períodos anteriores y pendientes de pago, y dentro de ese grupo se prioriza a las personas de mayor edad; después se sigue por orden cronológico. Además, la ley establece que las sentencias contra ANSES deben cumplirse dentro de 120 días hábiles desde que el organismo recibe el expediente administrativo.

En criollo: si tenés una sentencia firme, no se paga por orden de llegada simple. Influyen la fecha de notificación y tu edad.

Quiénes tienen prioridad de pago por enfermedad grave

La excepción está en el artículo 4 de la Resolución 56/97 de la Secretaría de Seguridad Social y se amplió con normas posteriores. Tienen preferencia en el pago:

  • Jubilados y pensionados con una enfermedad grave o terminal, cuyo desarrollo pueda frustrar los efectos de la sentencia.
  • Quienes tengan un integrante del grupo familiar primario (por ejemplo, cónyuge o hijo) con una enfermedad grave.
  • Los titulares con sentencia firme que tengan 80 años o más: en este caso la prioridad se aplica de forma automática y no hace falta iniciar un trámite especial.

Ojo: no alcanza con tener una enfermedad. Un equipo médico de ANSES evalúa la documentación y decide si el caso encuadra o no.

Cómo pedir la prioridad por enfermedad paso a paso

La norma interna de ANSES (PREV 24-13/22) detalla qué tenés que presentar. El trámite se inicia en una oficina de ANSES, con turno. Si no sabés cómo sacarlo, tenemos una guía para pedir turno en ANSES en cualquier oficina.

  1. Confirmá que tenés sentencia firme y un expediente de cumplimiento abierto. Si no existe, ANSES te va a indicar que verifiques en el juzgado.
  2. Prepará una nota pidiendo la inclusión en la Resolución 56/97 (o 35/00 si el enfermo es un familiar) con: nombre y apellido del titular, número de beneficio, número de expediente administrativo o de cumplimiento, número de causa judicial, domicilio actualizado del titular y del apoderado, y la acreditación del vínculo familiar si corresponde.
  3. Sumá los certificados médicos que especifiquen la enfermedad y el tratamiento, una copia de la historia clínica autenticada por la institución que la emite y los informes de estudios realizados.
  4. Revisá las fechas: toda la documentación médica tiene que tener menos de un año de antigüedad.
  5. Presentá todo junto. Si falta algo, la oficina no inicia el expediente y te lo va a pedir de nuevo, así que conviene llevarlo completo desde el primer día.

Cómo se cobra el retroactivo

Cuando ANSES liquida, el cobro se hace por ventanilla del banco según el cronograma del organismo y sin sacar turno en la entidad, de acuerdo con la Comunicación A 7028 del BCRA. Si no llegaste a cobrar en la fecha asignada, el banco devuelve la plata a ANSES, pero el sistema la vuelve a poner al pago hasta tres veces sin que hagas nada. La nueva fecha te llega al mail o celular que tengas cargado en Mi ANSES, por eso es clave tener tus datos al día y la Clave de la Seguridad Social activa.

Podés ver si tu sentencia ya tiene resultado en el listado mensual que publica ANSES en argentina.gob.ar, con tu nombre, número de beneficio y mes. También se puede consultar en la Dirección de Sentencias Judiciales, Alsina 250, CABA, de lunes a viernes de 8.30 a 14.30.

Si no estás de acuerdo: el recurso ante la CARSS

Capital Humano también recordó que los titulares de prestaciones de la Ley 24.241 pueden presentar un Recurso de Revisión ante la Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social (CARSS) cuando no están de acuerdo con una resolución sobre reajustes, fecha inicial de pago, jubilación ordinaria, pensión por fallecimiento o regímenes especiales. El plazo es corto: 30 días hábiles administrativos desde la notificación. Es una vía administrativa que puede evitar ir directo a la Justicia.

Qué pasa con el 82% del salario mínimo

Otro punto que se ratificó es el suplemento para que quienes se jubilaron con 30 años o más de aportes efectivos cobren al menos el 82% del Salario Mínimo, Vital y Móvil. No alcanza a quienes entraron por moratoria. Hoy, en la práctica, no genera un plus: en noviembre el salario mínimo es de $398.800 y su 82% da $327.016, bastante por debajo de la jubilación mínima de $444.158,46 que fijó ANSES. Si querés ver cuánto cobrás este mes con el bono, mirá cómo queda la mínima de noviembre con el bono de $70.000.

Recomendaciones para jubilados

  • Pedí la historia clínica con tiempo: la autenticación puede demorar días en algunos hospitales.
  • Si tenés apoderado o abogado, que lleve también su domicilio actualizado y el poder vigente.
  • Guardá copia sellada de todo lo que presentes.
  • Desconfiá de gestores que te cobran para "adelantar" el pago: el trámite en ANSES es gratuito.
  • Controlá tu recibo cuando se liquide: te explicamos cómo descargar el recibo de haberes.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que tener la sentencia firme para pedir la prioridad? Sí. La prioridad acelera el pago de una sentencia firme; no sirve para un juicio que todavía está en trámite.

¿Tengo 82 años, tengo que hacer algo? Según la norma de ANSES, a los titulares de 80 años o más con sentencia firme se les da prioridad de forma automática.

¿Cuánto tarda la evaluación médica? ANSES no publica un plazo fijo para la evaluación. Lo que sí está en la ley es el plazo de 120 días hábiles para cumplir la sentencia desde que recibe el expediente.

¿Tengo que ir al banco con turno? No. El retroactivo se cobra por ventanilla según el cronograma de ANSES, sin turno previo en el banco.

Fuentes

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